martes, 14 de junio de 2016

INMOVILIZADO MATERIAL. TRATAMIENTO DE LAS REPARACIONES O MEJORAS

El tratamiento del inmovilizado material es un apartado interesante que MRS ASESORÍA ONLINE quiere analizar, por su aplicación contable y las repercusiones fiscales que se derivan de la correcta contabilización.

Se recogen en la Resolución del 1 de marzo de 2013 del ICAC, por la que se dictan las normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias. Tal y como establece la norma Primera de Valoración inicial de inmovilizado material establecida por la Resolución mencionada, indica que formarán parte del precio de adquisición o del coste de producción de un bien del inmovilizado material, los costes de desmantelamiento o retiro y los costes de rehabilitación.

Por el contrario, los gastos e ingresos relacionados con las actividades accesorias que pudieran realizarse con el inmovilizado, antes o durante el período de fabricación, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias siempre que no sean imprescindibles para poner el activo en condiciones de funcionamiento.

Se pueden producir las siguientes actuaciones sobre el inmovilizado material:

  1. REPARACIÓN.- Es el proceso por el que se vuelve a poner en condiciones de funcionamiento un activo inmovilizado.
  2. CONSERVACIÓN.- Tiene por objeto mantener el activo en buenas condiciones de funcionamiento, manteniendo su capacidad productiva. Ambos conceptos se imputan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se produce. No obstante, en el caso de que un inmovilizado material tenga que someterse de manera periódica a inspecciones generales, con independencia de que los elementos afectados sean sustituidos o no, este será un mayor valor del bien. Se amortizará durante el período de tiempo que transcurra hasta la fecha de la siguiente revisión.
  3. RENOVACIÓN.- Es el conjunto de operaciones mediante las que se recuperan las características iniciales del bien. Su tratamiento contable es el siguiente:
    1. Aumenta el valor del bien por el precio de adquisición o coste de producción.
    2. Baja del elemento sustituido, la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro de valor, registrándose el resultado producido en esta operación por la diferencia entre el valor
      contable resultante y el producto recuperado.
  4. AMPLIACIÓN Y MEJORA DEL INMOVILIZADO MATERIAL.- 

Ampliación.- Consiste en incorporar elementos nuevos a un inmovilizado, obteniéndose como consecuencia una mayor capacidad productiva.

Mejora.- Es el conjunto de actividades mediante las que se produce una alteración en un elemento del inmovilizado. Aumenta su anterior eficiencia productiva. Para que pueda ser mayor         valor del inmovilizado como consecuencia de una ampliación o mejora se debe dar una de las siguientes consecuencias:

a) Aumento de la capacidad de producción.

b) Mejora sustancial en la productividad.

c) Alargamiento de la vida útil estimada del activo.

    5. PIEZAS DE RECAMBIO DEL INMOVILIZADO MATERIAL.- Son las destinadas a ser montadas en instalaciones, equipos o máquinas en sustitución de otras semejantes y para su          valoración se estará a las normas generales del inmovilizado material establecidas por el Plan General de Contabilidad, con las siguientes consideraciones:

  1. Las piezas de recambio cuyo almacenamiento es menor a un año, se contabilizarán en el grupo 3 como existencias.
  2. Las piezas que se adquieran con el objeto de mantener un nivel de repuestos de seguridad de elementos concretos, se registrarán con los bienes que vayan a sustituir y se someterán al mismo proceso de amortización.

Esperamos que haya resultado de vuestro interés, para cualquier duda os podéis poner en contacto con nustra asesoría online vía email a la siguiente dirección: info@mrsasesoriaonline.es.

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