miércoles, 26 de octubre de 2016

Modelo 360 – Devolución de IVA de no establecidos

Modelo 360 IVA intracomunitario – ¿Qué es?

El modelo 360 es un formulario utilizado por los empresarios situados en el territorio de aplicación del impuesto (IVA), para solicitar la devolución del IVA soportado de otros países de la UE. Es decir, cuando un empresario o profesional establecido en territorio nacional compra en un país de la Unión Europea pagaría el impuesto correspondiente al país en el que se encuentre, pudiendo posteriormente solicitar la devolución del impuesto. También se emplea cuando un empresario establecido en las Islas Canaria, Ceuta o Melilla soportan IVA en el territorio de aplicación del impuesto.

Plazo de solicitud del modelo 360

El modelo 360 se puede presentar desde el día siguiente al que finaliza cada trimestre natural o de cada año natural, y concluirá el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas a que se refiera.

plazo de solicitud modelo 360

Importe mínimo de la solicitud y periodo del que se solicita la devolución

La solicitud de la devolución no puede ser superior a un año natural ni inferior a tres meses. En el caso de que la solicitud sea inferior al año natural existe un importe mínimo que corresponde a 400€. En cambio, si la solicitud es de un año natura o el periodo restante que nos quede por solicitar, el importe mínimo pasaría a ser de 50€.

importe minimo modelo 360

Forma de presentación del modelo 360 y requisitos imprescindibles

La presentación del modelo 360 se ha de realizar obligatoriamente vía telemática, a través de la web de la AEAT. Para ello es necesario disponer de firma electrónica y estar dado de alta en el servicio de notificaciones electrónicas de la AEAT.

presentacion modelo 360

Como se aprecia en la imagen anterior la información necesaria para cumplimentar el modelo 360 es muy sencilla, igualmente cualquier duda que les pueda surgir desde nuestro departamento de asesoría fiscal online estaremos encantados de poder ayudarles. Después de realizar la presentación, en el apartado modelo 360 “7. Anexos” y se ha de hacer constar el RGE en cuestión de presentar los Anexos, o no serán tenidas en cuenta las facturas presentadas.

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